Nuestro seguro de vida especial para Fuerzas Armadas pueden contratarlo las siguientes personas:
1.- La persona (y su cónyuge o pareja de hecho) que tenga un empleo en el seno del Ministerio de Defensa en uno de los casos siguientes:
2.- La persona (y su cónyuge o pareja de hecho) que tenga un empleo dentro de las FCSE tales como:
3.- La persona (y su cónyuge o pareja de hecho) que esté o haya estado en la reserva
4.- Los militares extranjeros que hayan sido reclutados por el ejército español por una duración de tres años y sean residentes en España.
5.- El personal de la OTAN destinado en España.
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